Estos dos tipos penales son un excelente ejemplo de cómo, en ciertas ocasiones, algunos delitos se tipifican de acuerdo con unos viejos estereotipos –ajenos al Derecho– que reflejan otras motivaciones (morales, éticas, religiosas, sociales o políticas) propias de otros tiempos; en lugar de ceñirse a estrictas razones jurídicas, criminológicas o de política criminal. Sólo así se explica que persista la sustantividad del robo con respecto al hurto cuando, en ambos casos, el bien protegido es el patrimonio de la víctima. Este artículo trata de responder a esa pregunta, analizando cuáles han sido sus antecedentes histórico-jurídicos y su evolución hasta llegar a la actual regulación, tanto en España como en el Derecho Comparado. Puedes leerlo en el portal noticias.juridicas.com pulsando aquí.
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