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Impartiendo una conferencia en el TEDx de la Universidad de Oviedo

15 de marzo de 2018

Una aproximación al sistema de justicia interna de las Naciones Unidas en el nº 11 del Anuario Jurídico Villanueva

Dado que las Naciones Unidas gozan de inmunidad en las jurisdicciones locales y no pueden ser demandadas ante los tribunales nacionales, la organización ha establecido un sistema de justicia interna para resolver controversias entre el personal y la Administración. No olvidemos que, en la ONU, trabajan 55.000 personas procedentes de casi 200 países; de ahí la extrema necesidad de contar con un sistema de resolución de diferencias laborales que sea eficaz. El artículo "Una aproximación al sistema de justicia interna de las Naciones Unidas" que he publicado en el nº 11 del Anuario Jurídico Villanueva, editado por Thomson Reuters, tiene formato de decálogo con preguntas y respuestas que se desarrollan de lo más genérico a lo más específico para tratar de responder las siguientes cuestiones: 1. Consideraciones previas. 2. ¿Qué es una organización internacional? 3. ¿Desde cuándo existen las organizaciones internacionales? 4. ¿Cuándo surgió la función pública internacional? 5. ¿Se reguló la función pública en la Carta de las Naciones Unidas? 6. ¿Por qué se necesita un sistema formal de administración de justicia interna en la ONU? 7. ¿Cuándo surgió el primer mecanismo para garantizar “un ámbito laboral armonioso” en las Naciones Unidas? 8. ¿Cuál es el marco jurídico del actual sistema de administración de justicia de las Naciones Unidas? 9. ¿En qué consiste el sistema informal? 10. ¿Cuál es el procedimiento a seguir en el sistema formal? Puedes leerlo pulsando aquí.

10 de marzo de 2018

La singularidad del Tribunal Especial para el Líbano en QdC # 40

El 14 de febrero de 2005, el exprimer ministro libanés Rafiq Hariri y otras 21 personas –entre escoltas, colaboradores y transeúntes– murieron en una céntrica calle de Beirut, víctimas de un potente explosivo que estalló al paso de su vehículo blindado, causando heridas de diverso pronóstico a más de dos centenares de personas. Dos meses más tarde, el 7 de abril, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la resolución 1595 (2005) para condenar aquel acto de terrorismo y establecer una comisión internacional independiente de investigación, en el Líbano, que ayudara a las autoridades de este país a investigar todos los aspectos de este acto terrorista e incluso a identificar a sus autores, patrocinadores, organizaciones y cómplices; pero, finalmente, el 13 de diciembre de ese mismo año, el Gobierno libanés pidió a la ONU que estableciera un tribunal de carácter internacional para enjuiciar a todos los presuntos responsables de aquel atentando. Con arreglo a la resolución 1664 (2006) del Consejo de Seguridad, las Naciones Unidas y la República Libanesa negociaron un acuerdo sobre el establecimiento de un Tribunal Especial para el Líbano. El artículo que he publicado en el nº 40 de la revista Quadernos de Criminología analiza la singularidad de un órgano judicial que abrió una nueva etapa en la justicia penal internacional.