Estos dos tipos penales son un buen ejemplo de cómo, en ciertas ocasiones, algunos delitos se tipifican de acuerdo con unos viejos estereotipos –ajenos al Derecho– que reflejan otras motivaciones (morales, éticas, religiosas, sociales o políticas) propias de otros tiempos; en lugar de ceñirse a estrictas razones jurídicas, criminológicas o de política criminal. Sólo así se explica que persista la sustantividad del robo con respecto al hurto cuando, en ambos casos, el bien protegido es el patrimonio de la víctima. El artículo que he publicado en el nº 10 de la revista mexicana especializada en Criminología y Derecho Penal, Criminogénesis -dirigida por el profesor de la UNAM Alejandro Carlos Espinosa- trata de responder a esa pregunta, analizando cuáles han sido sus antecedentes histórico-jurídicos y su evolución hasta llegar a la actual regulación, tanto en España como en el Derecho Comparado.
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Cordial saludo
ResponderEliminarDoctor:
en la actualidad estoy voy cursando ultimo año de DERECHO en Colombia y mi monografia va encaminada a DERECHO COMPARADO en diferentes países sobre el delito robo y hurto, se que ha hecho un excelente trabajo frente a este tema, quisiera pedir de su ayuda si es posible, me ayudara con información del tema, mi correo es sindy.pilar.solorzano@gmail.com...mil y mil gracias.