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Impartiendo una conferencia en el TEDx de la Universidad de Oviedo

15 de diciembre de 2015

El Estatuto jurídico del Islam en ocho Estados de la Unión Europea en el Anuario de Derecho Eclesiástico del Estado # XXXI

Desde 1985, el Instituto para el Estudio de la Libertad Religiosa publica el Anuario de Derecho Eclesiástico del Estado, que fundó el profesor Pedro Lombardía. En la actualidad, este Anuario está considerado como la mejor revista en lengua española sobre Derecho Eclesiástico estatal, las relaciones entre la Iglesia católica -y demás confesiones religiosas- y los Estados, y la libertad religiosa. Cada volumen anual se estructura en las secciones de estudios monográficos, notas, legislación y jurisprudencia española y de otros países, documentación, boletín bibliográfico y recensiones bibliográficas. En el número XXXI, correspondiente a 2015, he tenido el honor de colaborar con el artículo titulado El estatuto jurídico del islam en ocho Estados de la Unión Europea. El ejercicio de la libertad religiosa de los musulmanes en el Viejo Continente se enmarca dentro del margen de apreciación que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoce a las autoridades nacionales para que sean sus propios legisladores quienes, de acuerdo con su derecho interno, aprecien las necesidades y condiciones que inciden en la esfera íntima de cualquier religión. Ese criterio ocasiona una diversidad de soluciones en cada país y, en la práctica, conlleva un desigual ejercicio de la religiosidad musulmana entre unos Estados y otros, con notables diferencias en el marco legal en el que se basarán sus relaciones con cada Estado. Este artículo analiza la situación en Francia, Bélgica, Italia, Portugal, Gran Bretaña, Alemania, Países Bajos, Dinamarca y España.

1 comentario:

  1. En actualidad los islamistas no son bien visto en europa, con conflicto de medio oriente y los fundamentalista, la sociedad europea lo están considerando peligrosos.

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