El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se estableció en la capital alsaciana en 1959 con el objetivo de garantizar que los Estados partes del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales cumplieran con las obligaciones derivadas de esta Convención, que se firmó en Roma, en 1950. Desde entonces, la denominada Corte de Estrasburgo ha tenido que resolver diversos asuntos relacionados con el ámbito tributario, conjugando el derecho a un proceso equitativo (Art. 6 CEDH) de los ciudadanos con el derecho que poseen los Estados de poner en vigor las Leyes (…) para garantizar el pago de los impuestos u otras contribuciones o de las multas (Art. 1 del Protocolo Adicional que se añadió al Convenio, en 1952). Como resultado, los contribuyentes europeos han recurrido al TEDH en numerosas ocasiones. El artículo Las principales resoluciones de la Corte de Estrasburgo en materia tributaria trata de divulgar algunas de sus sentencias más significativas en el número 53 de la revista CONT4BL3 que edita la AECE. Asimismo, en la sección Anecdotario de este mismo ejemplar he publicado la singular historia sobre La ancestral fiscalización de la prostitución.
17 de marzo de 2015
18 de febrero de 2015
«La observancia de los ritos funerarios musulmanes y la policía sanitaria mortuoria» en El Cronista #50
El ejercicio de la libertad religiosa de los musulmanes en el Viejo Continente conlleva la observancia de todas las formalidades del rito para realizar un enterramiento digno y acorde con sus creencias; pero el habitual margen de apreciación que Europa reconoce a las autoridades nacionales –para que sean sus propios legisladores quienes, de acuerdo con su derecho interno, aprecien las necesidades y condiciones que inciden en la esfera íntima de cualquier religión– está ocasionando un desigual ejercicio del Islam no solo entre los diversos Estados europeos sino incluso dentro de un mismo país, como sucede en España. El artículo La observancia de los ritos funerarios musulmanes y la policía sanitaria mortuoria (española y europea) -que analiza el marco jurídico que regula estas exequias fúnebres proponiendo algunas reformas legales- se ha publicado en el número 50 de la revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho, editada por Iustel. Una publicación periódica donde se establecen críticas y orientaciones a las políticas públicas y a las propuestas de los legisladores, dirigida por el catedrático Santiago Muñoz Machado.
3 de febrero de 2015
«Las consecuencias jurídicas de la poligamia en las pensiones de viudedad, en España y la UE» en la Revista Aranzadi Doctrinal #1/2015
En España, como en el resto de los ordenamientos jurídicos de nuestro entorno europeo, la poligamia es un delito y los segundos matrimonios se consideran nulos; a pesar de ello, el orden social español –como sucede en Francia, Portugal, Alemania o Bélgica– otorga efectos jurídicos a esta institución al reconocer el derecho de las viudas de un trabajador polígamo a percibir sus correspondientes pensiones; con el agravante, en nuestro caso, de que las resoluciones judiciales dictadas por los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas, sobre este asunto, mantienen un criterio contradictorio que seguirá generando inseguridad jurídica hasta que el Tribunal Supremo unifique su doctrina. El artículo que he publicado sobre Las Consecuencias jurídicas de la poligamia en las pensiones de viudedad, en España y la Unión Europea es el tema de portada del número 1/2015 de la Revista Aranzadi Doctrinal editada por Thomson Reuters Aranzadi y dirigida por el magistrado del Tribunal Supremo, Antonio Salas Carceller.
1 de febrero de 2015
Curso de Experto universitario en Psicología Judicial y Pericial [UDIMA]
La empresa de formación e-learning Ingeniería Emocional ha creado el curso on line de Experto Universitario en Psicología Judicial y Pericial -certificado por UDIMA- con el objetivo de que los profesionales que desarrollan su labor en el campo de la Psicología adquieran los conocimientos necesarios para que puedan intervenir ante los tribunales, dando una respuesta capacitada, adecuada y eficaz. Por mi parte, en este curso -cuya primera edición se desarrolla entre febrero y junio de 2015- imparto la asignatura Personalidades del sistema judicial donde los alumnos podrán familiarizarse con todos los operadores jurídicos (abogados, procuradores, graduados sociales, etc.), el personal judicial (jueces y magistrados), el Ministerio Fiscal, la Policía Judicial, el personal al servicio de la Administración de Justicia (Secretarios judiciales, cuerpos generales y cuerpos periciales), el jurado o los peritos que intervienen en España en un proceso judicial.
5 de enero de 2015
«La justicia juvenil en Latinoamérica» en DyCS #39
En los últimos números de la revista peruana Derecho y Cambio Social hemos analizado la justicia juvenil en el marco del Derecho Internacional y del Derecho Europeo; ahora, el número 39 de esta publicación trimestral on line incluye el último artículo de esta serie para aproximarnos a su tratamiento en el ámbito jurídico latinoamericano, prestando una especial atención al Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes (IIN), un organismo especializado de la Organización de Estados Americanos que se fundó en 1927; a los informes de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), que se encarga de promover y proteger los derechos humanos en la OEA; a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José (Costa Rica); y a las denominadas 100 Reglas de Brasilia, con el objetivo de lograr una visión panorámica de la Justicia juvenil en Latinoamérica.
30 de diciembre de 2014
«El delito tecnológico del wardriving» en QdC #27
En 2005, durante un congreso que la ONU celebró en Bangkok (Tailandia), un experto australiano en ciberdelincuencia, Peter Grabosky, ya alertó que el wardriving se convertiría en una de las tendencias más sofisticadas de los delitos tecnológicos [computer crimes] al aprovecharse los delincuentes de las redes inalámbricas. En su dossier, el profesor Grabosky describió el origen de este curioso término anglosajón en una práctica que consistía en conducir un coche dotado con una antena buscando cobertura con alguna red de acceso [driving around in a motor vehicle with an antenna to locate access points]. Hoy en día, el uso indebido de las nuevas tecnologías conlleva que determinadas conductas puedan llegar a ser calificadas como fraudulentas y que incluso constituyan un delito que se podría enmarcar en ese cajón de sastre de las defraudaciones análogas o del uso de terminales de telecomunicación previstos por el legislador español [Arts. 255 y 256 del Código Penal]. Este artículo, publicado en el número 27 de la revista Quadernos de Criminología, analiza la doctrina y jurisprudencia de un delito que se caracteriza, según el magistrado Fernández Teruelo, por el hecho de conectarse fraudulentamente a través de un sistema de conexión inalámbrico (Wi-Fi) ajeno.
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Artículo criminológico,
Artículo jurídico
12 de noviembre de 2014
«Conferencia sobre crímenes de honor» [UVa]
La Delegación de Alumnos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valladolid organiza el congreso La mujer y el Derecho que se celebrará en el Salón de Grados de este centro universitario los días 20 y 21 de noviembre de 2014. Tengo el placer de clausurarlo el viernes 21, a las 17h30, impartiendo la conferencia Crímenes de honor: la violencia ejercida contra las mujeres en nombre de una ancestral tradición. Comenzaremos explicando cómo influye el indeterminado concepto jurídico del "honor" a la hora de establecer el concepto de qué son los "crímenes de honor"; a continuación, analizaremos diversas definiciones (española, europea e internacional), los datos estadísticos, los casos más significativos que se han producido en el Viejo Continente y cuál es su marco legal, para concluir la ponencia con una cuestión polémica: ¿se han producido crímenes de honor en España?
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